JUSTICIA SOCIAL, FAMILIA Y VALORES: ENTRE LOS SIGNIFICADOS Y LOS RETOS
SOCIAL JUSTICE, FAMILY AND VALUES: BETWEEN THE MEANINGS AND THE CHALLENGES
Regla Ywalkis Borrero-Springer1
E-mail: reglaywalkisb@gmail.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6196-774X
Adris Díaz-Fernández2
E-mail: adris.diaz@udem.edu
ORCID: https://orcid.org/0000-0003-1944-6136
1 Universidad de Las Tunas. Cuba.
2 Universidad de Monterrey. México.
RESUMEN
En el complejo mundo actual, adquiere una renovada importancia la justicia social y los valores dignidad humana, igualdad, libertad. Ninguna sociedad está ajena a la problemática de la injusticia y a la contribución a las soluciones, ya sea porque la experimenta o por no poder evadir responsabilidades globales. Las familias, por su propia naturaleza y funciones, es un espacio particularmente sensible cuando se trata de la justicia. En este trabajo se tiene como objetivo realizar un análisis de la justicia social, los valores y la familia, que incluye la identificación de sus significados y algunos de los retos en la consecución de la justica. Para ello se utiliza el método de análisis y crítica de fuentes bibliográficas, concretados a través de las operaciones lógicas de análisis-síntesis, inducción-deducción, que garantizó una base aceptable de informaciones, desde las cuales se logra articular un análisis aproximativo sobre el tema presentado en este artículo de reflexión.
Palabras clave:
Familia, justicia social, valores.
ABSTRACT
In today’s complex world, social justice and the values of human dignity, equality, and freedom acquire renewed importance. No society is immune to the problem of injustice and to contributing to solutions, either because it experiences it or because it cannot evade global responsibilities. Families, by their very nature and functions, are a particularly sensitive space when it comes to justice. The objective of this work is to carry out an analysis of social justice, values and family, which includes the identification of their meanings and some of the challenges in the pursuit of justice. For this purpose, the method of analysis and criticism of bibliographic sources is used, concretized through the logical operations of analysis-synthesis, induction-deduction, which guaranteed an acceptable base of information, from which an approximate analysis of the topic can be articulated, presented in this reflection article.
Keywords:
Family, social justice, values.
INTRODUCCIÓN
Desde la culminación de la segunda guerra mundial, hasta la actualidad, crece la preocupación global por la justicia social, muestra de ello es la fundación de organizaciones, instituciones e instrumentos internacionales en cuyos marcos se refrendan y promueven derechos, valores y acciones, que de realizarse conllevan relaciones humanas más justas. También, da a conocer Pérez (2019), que actualmente, alrededor de 80 países refrendan constitucionalmente que la justicia social es un principio fundacional, un valor y una aspiración.
Al mismo tiempo se revitaliza el interés de los investigadores por el tema de la justicia social. En tal sentido, diferentes autores (Osorio, 2010; Pedraza, 2018; Pérez, 2019; Méndez & Bárcena, 2021) dan cuenta de las condiciones y de algunos de los pensadores que influyen en la estructuración, a lo largo del tiempo, del significado actualmente compartido sobre justicia social, inseparable de la dignidad humana, Estado social de derecho y el igual acceso a las oportunidades.
En el mundo actual, la justicia social y los valores relacionados como dignidad humana, libertad, igualdad, equidad e inclusión social, se reconocen como valores humanos universales, y son múltiples los instrumentos jurídicos internacionales y nacionales que los refrendan como principio y valor (Pérez, 2019). No obstante, de acuerdo al enfoque complejo de los valores, propuesto por Fabelo (2011), es posible asumir la importancia de la apropiación de dichos valores para actuar a favor de la justicia social, pero también comprender los posibles desfases entre el deber ser respecto a la justicia social y el ser en la vida real, a cualquier nivel y escala de la vida social.
Una de los instituciones y grupos sociales más relevantes, en la formación del valor justicia social, es la familia. Ello se relaciona con las significativas funciones relacionales, formativas, económicas; funciones que las familias cumplen, ligadas a otras influencias formales e informales, desde las cuales se adquiere la condición humana, la identidad política y cierta capacidad de actuar (Moreno et al., 2021), y también se forma un grado de compromiso individual, comunitario y social con los procesos de cambio y la justicia social (Fascioli, 2017).
Pese al compromiso global con la justicia social, e incluso los avances que en tal sentido han experimentado algunas naciones, son muchos los retos de la justicia social en varios ámbitos de la sociedad, relacionados con la capacidad y las formas de los Estados de proveer recursos mínimos a los sujetos más vulnerables, la superación de la pobreza, el acceso real a las oportunidades, el funcionamiento de aquellas instituciones que se consideran básicas en las formación de un sentido de justicia social, la compleja estructuración de los valores de justicia social en las relaciones individuo, grupos, institución, sociedad, entre otros aspectos (Rodríguez et al., 2020).
En el presente trabajo se tiene como finalidad realizar un análisis de la justicia social, los valores y la familia, entre los significados y los retos. Para ello se utilizan informaciones obtenidas a través del análisis y crítica de fuentes bibliográficas, concretados a través de métodos del pensamiento teórico. El análisis presentado en este artículo de reflexión no tiene pretensiones de exhaustividad, sino más bien contribuir, con un conjunto de reflexiones fundamentadas, al debate y concientización de un tema que por su relevancia interesa a todos en la sociedad global.
METODOLOGÍA
En cuanto a los métodos se acudió al análisis y crítica de fuentes, concretado a través de las operaciones lógicas de análisis-síntesis, inducción-deducción. El proceso de selección, recopilación e interpretación de las fuentes se guía por los conceptos justicia social, familia, valores, que son claves en el tema escogido. La bibliografía consultada incluye una muestra de artículos académicos, en su inmensa mayoría escritos en los últimos cinco años.
El análisis de la literatura no se guía por el criterio de saturación o redundancia, sino más bien por el logro de una base aceptable de conocimiento a partir de informaciones especializadas, que luego de trianguladas permitieran articular el análisis presentado en este artículo.
DESARROLLO
El término justicia social y sus significados evolucionan a través de la historia (Alarcón et al., 2018). En los pensadores de la antigüedad se destaca Aristóteles, el cual refiere que la justicia universal abarca todas las virtudes, y la justica particular (correctiva y distributiva) incluye a las decisiones políticas y jurídicas, sin que proponga la superación de la situación de desventajas socioeconómicas. En la sociedad, la justicia correctiva se encargaría, sin que importe el mérito de la persona, de suprimir los beneficios y pérdidas producidos por desigualdades en interacciones humanas. La justicia distributiva garantizaría que los cargos públicos y la propiedad se repartieran según el mérito (excelencia respecto a lo que se distribuye), siendo injusto tratar como a iguales, y darle los mismos bienes, a personas desiguales en mérito (Pérez, 2019).
En correspondencia con último autor referenciado, cuando se hace referencia a la justica, por muchos siglos, se le da un significado legal. Es en la Europa del siglo XVIII, donde se abre paso el uso del término justicia social, todavía permeada del sentido aristotélico de justicia distributiva. Todo ello condicionado por multidimensionales transformaciones, la expansión de las ideas de la ilustración y el sentido que en este movimiento adquiere el término, y por la influencia de teólogos católicos. Desde finales del siglo XVIII y durante el siglo XIX, se expande el término condicionado por los efectos de las revoluciones burguesas y la Revolución Industrial, la preocupación por las cuestiones sociales, los reclamos de igualdad, libertad y derechos, así como el papel del Estado en el ordenamiento justo de la sociedad.
Precisamente, según Amartya Sen, en su obra La idea de la justicia (como se citó en Hernández, 2015), el debate moderno en torno a la justicia social se configura de los siglos XVIII al XIX. En ese periodo se definen dos corrientes de pensamiento, el contractualismo y el comparativismo, cuyos fundamentos teóricos, diversos, delinean el significado que cada una de ellas considera que debería atribuírsele al concepto justicia social. Los primeros, representados por Thomas Hobbes, John Locke, Jean Jaques Rousseau e Immanuel Kant, buscan identificar el ideal de las instituciones justas; mientas que los segundos, -entre ellos Adam Smith, Condorcet, Jeremy Bentham, Wollsronecraft, y Stuart Mill-, se ocupan de las comparaciones del comportamiento real de las instituciones y sus resultados (Hernández, 2015).
Por supuesto, al interior del contractualismo se encuentran autores que difieren en múltiples aspectos teóricos. No obstante, es posible identificar algunas de las cuestiones compartidas. Todos ellos adoptan una concepción filosófica ahistoricista sobre el origen y evolución de la sociedad y las instituciones políticas, en cuyo núcleo se encuentra la idea de que en un pasado remoto los hombres se encuentran en un estado natural, imperfecto, no civilizado, en el cual la justicia no existía o era deficiente. Ese estado de vida natural debía ser superado por otro ideal, y la solución eficaz fue el contrato entre individuos, en igual capacidad de raciocinio, derechos innatos y bajo condiciones de libertad, que hizo posible la fundación de una sociedad ordenada, del Estado como poder legítimo, racional, respetuoso de los derechos naturales, garante del orden en la vida social y de la justicia (Pedraza, 2018; Méndez & Bárcena, 2021).
Respecto al comparativismo, según Sen (2021), pese a las diferencias en las propuestas teóricas de los autores que pueden ubicarse en ese enfoque, lo que estas tienen en común es que, en líneas generales, en vez de ocuparse de la identificación de las instituciones ideales justas, se concentran en el análisis comparado historicista del comportamiento real de las sociedades y de los resultados en cuanto a avances y retrocesos de la justicia en el marco de la acción de las instituciones existentes, con el objetivo de contribuir a eliminar las injusticias sociales manifiestas (Hernández, 2015).
A lo largo de la primera mitad del siglo XX, diversas fuentes dan cuenta de las condicionantes y manifestaciones de la consolidación, a nivel internacional, del significado de justicia social que integra las ideas dignidad humana y un Estado social de derecho, que preserve las libertades, valores y derechos liberales, y unos recursos mínimos para que las personas vivan con dignidad. Después de la segunda guerra mundial y hasta la actualidad, se amplía y refuerza el significado de justica social no solo como un deber, principalmente, del Estado social de derecho, sino también como equidad, como el derecho de todos, y específicamente de los más vulnerables y marginados, a la dignidad humana, a la igualdad de acceso y disfrute de las libertades y oportunidades (Pérez, 2019).
Ese significado de justicia social, que se afianza en la última etapa, es comprensible en un contexto internacional globalizado, en el que se fundan organizaciones internacionales; hay una mayor regulación de las relaciones de trabajo; se aprueban y entran en vigor normativas jurídicas internacionales sobre los derechos políticos, económicos, sociales y culturales; se amplía el debate sobre la igualdad de oportunidades y los problemas de acceso a estas de los grupos históricamente más vulnerables; se promueven acciones afirmativas, y muchas constituciones incorporan la justicia social como principio o valor (Hernández, 2015; Pérez, 2019), además del ascenso movimientos y proyectos de cambio focalizados en revertir las situaciones de desventajas sociales persistentes.
No es casual que uno de los pensadores más conocidos e influyentes, desde la segunda mitad del siglo XX, sea John Rawls (1921-2002), filósofo norteamericano, exponente del neocontractualismo en la contemporaneidad, que revitaliza el tema de la Justicia Social. Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010), refiere que toma por objeto el modo en que instituciones sociales más importantes, la Constitución política y las principales disposiciones económicas y sociales, distribuyen los derechos y deberes fundamentales y los beneficios y cargas de la vida cooperativa. Reconoce que la sociedad, tal y como funciona, no ha sido justa, existen desigualdades profundas e intereses y expectativas sectoriales en la estructura básica de la sociedad, pero considera que es posible buscar la justicia social (Osorio, 2010; Bolívar, 2012; Pedraza, 2018; Pérez, 2019).
Según estos autores, Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010) considera que la sociedad es un sistema de cooperación donde las personas, mayoritariamente, son capaces de reconocer la existencia de reglas y actuar conforme a ellas. No menos importante es que los sujetos son racionales y razonables, o sea, son capaces de elegir el rumbo de sus acciones, tanto guiándose tanto por sus propios intereses, e ideas individuales del bien, como por una concepción intuitiva de justicia compartida que implica reconocer como justas ciertas formas de la cooperación humana, en comparación con otras.
De manera que, siguiendo esta línea de pensamiento, es posible una larga deliberación racional y razonable entre personas libres e iguales, que comienza con el esclarecimiento de las condiciones de posibilidad, desde la cual en la sociedad se acuerden la elección y aplicabilidad de los principios de justicia social. Luego, se deberá mostrar que los principios seleccionados y sus fundamentos están en correspondencia con la concepción intuitiva de justicia compartida por los miembros de la sociedad.
A juicio de Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010), los principios de justicia social, que deben regular la selección de una constitución política y los elementos principales del sistema económico y social, se deben aplicar, en primer lugar, a las desigualdades presentes en la estructura social, e implicarían tratar a las personas como fines, fundamentalmente, y no meramente como medios para otros. El tratamiento social a las personas como fines, reivindica la necesidad del respeto y la salvaguarda de la dignidad humana, en lo cual se ancla la propuesta de Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010) de la justicia social distributiva y como equidad.
Desde el estudio epistémico realizado, el primer principio de justicia social expuesto por Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010), es el derecho igual de todas y de cada una de las personas al más amplio sistema de libertades básicas (libertades políticas, libertad de movimiento, libertad de acceso a amplias alternativas de oportunidades de empleos, cargos y responsabilidades; así como de acceso y disfrute de renta y riqueza). Como norma, la libertad es prioritaria, una libertad solo puede restringirse para reforzar el sistema total de libertades compartido socialmente, y siempre que no perjudique a los sujetos que tienen una libertad menor.
El segundo principio refiere que las desigualdades económicas y sociales deben ser estructuradas de manera que beneficie a los menos aventajados, a partir de un principio de ahorro justo, la asequibilidad de todos a cargos y funciones en condiciones de justa igualdad de oportunidades. Como norma, la justicia es prioritaria respecto a la maximización de las ventajas; y la igualdad de oportunidades es anterior al principio de la diferencia. La existencia, o el aumento, de la desigualdad de oportunidades, deben aumentar las oportunidades de los que tengan menos en la sociedad
Así, pues, desde la teoría de Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010), el significado de la justicia social se define a partir del contenido y función reguladora de los mencionados principios. Por consiguiente, alcanzar la justicia social implica, necesariamente, una sociedad ordenada, o sea, una sociedad democrática que haga posible no solo la elección razonable de esos principios y criterios de justicia, sino, también, su aplicabilidad practica en el marco de determinada Constitución política y disposiciones económicas y sociales, que teniendo en cuenta las condiciones de posibilidad, asignen los derechos y deberes de todas personas, y se distribuyan correctamente, lo más justo posible, las ventajas y desventajas de la cooperación entre sus miembros (Osorio, 2010; Bolívar, 2012; Pedraza, 2018; Pérez, 2019).
Otro de los autores que sobresale dentro del debate actual en torno a la justicia social es Amartya Sen (2021), Premio Nobel en Economía en 1998 e influyente personalidad a nivel global, recibe la influencia tanto del pensamiento occidental, como de numerosos pensadores orientales, principalmente de la India (Osorio, 2010). Una lectura detenida de la obra de Sen, La idea de la justicia (2021), permite constatar que comparte con Rawls (2002, como se citó en Osorio, 2010) la idea de la necesidad del papel del Estado en el logro de un mínimo de justicia, y el uso de la razón para identificar y tratar de solucionar las situaciones de justicia e injusticias. Pero Sen (2021), va más allá y se preocupa por el problema de la justicia no en un solo país, sino a nivel global, en las relaciones entre naciones.
La preocupación principal de Sen (2021), según se aprecia en la obra mencionada, no es la identificación de las perfectas instituciones justas, sino las enormes injusticias manifiestas que afectan a los seres humanos en el mundo. Defiende que todos tienen obligaciones con los más necesitados, los individuos, las familias, las comunidades, el Estado a través de políticas sociales y acciones concretas, y las organizaciones globales. Coherente con la defensa del papel del Estado, una de las principales contribuciones de Sen (2021), es su propuesta de indicadores que permiten evaluar una sociedad y los grados de justicia o injusticias.
Esos indicadores van más allá de la medición del producto nacional bruto o producto interno bruto, e incluyen índices que reflejan la calidad de vida, el bienestar y las libertades humanas, desde el enfoque que mide las capacidades, o las oportunidades reales de las personas para vivir. Se asume que los sistemas democráticos son más eficaces para la justicia social. La ampliación de los derechos humanos, con los derechos económicos y sociales, como el derecho a la subsistencia, a la salud, la educación, al trabajo y a una justa retribución, protección frente al desempleo y la pobreza, entre otros, marcan un avance sustancial en la cuestión del reconocimiento de derechos más difíciles de lograr, y al ser refrendados por instrumentos internacionales manifiesta el compromiso la comunidad global (Sen, 2021).
Llegado a este punto es importante referir que no obstante las dificultades para encontrar en la literatura una definición de Justicia social, se asume que el significado actual de justicia social se estructura en torno a tres elementos, a saber, el Estado social de derecho, dignidad humana e igualdad de oportunidades (Pérez, 2019). El contenido de esos tres conceptos es lo suficientemente amplio, de manera que permiten adoptar una concepción sobre el tema desde la cual se reivindique la libertad, la igualdad, la equidad y la inclusión social como contenidos de la justiciam demostrado así por Bolívar (2012), así como la importancia de la justicia restaurativa, la justicia redistributiva y justicia como reconocimiento (Cifuentes & Vallejo, 2018).
En el mundo actual, la justicia social se reconoce como uno de los valores humanos universales, y no son pocos los instrumentos jurídicos internacionales y nacionales que lo refrendan como principio y valor (Pérez, 2019), lo cual es extensible a la dignidad humana, libertad, igualdad, equidad e inclusión social. En cada acción a nivel global o de estado nacional, sean económicas, políticas, ambientales o sociales-, y en las acciones de los individuos y grupos en la cotidianidad, que toquen los contenidos de la justicia social se ponen en juego la solidez de esos valores refrendados, y la correspondencia entre los propios valores y los que la comunidad global reconoce como relevantes.
Siguiendo el enfoque complejo de los valores, propuesto por Fabelo (2011), se considera que es comprensible que los valores declarados e instituidos por las organizaciones internacionales y los estados nacionales, que aparecen reflejados en la ideología oficial, la política interna y externa, las normas jurídicas, el derecho, la legislación laboral, entre otros, de alguna manera estén en correspondencia con los que la comunidad global reconoce. No obstante, la mera declaración de los valores de justicia social no garantiza automáticamente un actuar coherente con los valores declarados. Puede producirse, en la práctica, a cualquier nivel y escala de la vida social, un desfase entre el deber ser respecto a la justicia social y el ser en la vida real.
Se admite, además, que lo más deseable es la autorregulación de la propia conducta, a partir de la apropiación activa de los valores humanos universales (Fabelo, 2011). Para que ello ocurra es importante que los sujetos estén informados y adquieran conocimientos acerca de los contenidos de la justicia social y los valores relacionados, y que ese conocimiento produzca vivencias, emociones, sentimientos y actitudes favorables hacia la dirección que esos valores marcan en el comportamiento. No obstante, en vida real, la justicia social adquiere un significado socialmente positivo, o no, en dependencia de, o más bien cruzado por, las necesidades, intereses y sentimientos de los sujetos, que se forman y aprenden a estimar las cosas y a actuar bajo la influencia de las más variadas relaciones e interacciones sociales
Una de los instituciones y grupos sociales más relevantes en la formación del valor justicia social, y todos los valores relacionados, es la familia. En tal sentido, a decir de Moreno et al. (2021), muchos los investigadores coinciden en que la familia tiene funciones relacionadas con la protección, cuidado, formación y humanización de sus miembros. Ello conlleva que, desde las funciones y prácticas cotidianas en las familias, no desligadas de otras influencias formales y no formales, en contextos determinados, se adquiere la condición humana, de ser racional, social, con una cierta identidad política, poseedor de cualidades cívicas y una capacidad de actuación política.
En consecuencia, las familias son relevantes en la conformación del compromiso individual, comunitario y social con los procesos de cambio y la justicia social. Al respecto, Honneth (2007), según Fascioli (2017), reivindica la significación de la combinación de regulaciones legales que garanticen los derechos y libertades de todos en las familias, con la configuración de relaciones justas en el cumplimiento de roles y prácticas familiares. Existen evidencias de que, pese al avance en las regulaciones legales, persisten y se reproducen relaciones injustas en muchas familias, y en las relaciones familia-sociedad, así, por ejemplo, perdura la sobrecarga en las mujeres de las labores domésticas y diversas formas de violencia familiar, que afectan la integración social justa de los más afectados y la formación en justica social.
Por último, aunque no menos importante, es que a razón de los fuertes lazos de afecto al interior de las familias de procedencia y de las familias de pertenencia o formadas por los sujetos en curso del ciclo vital, además de las responsabilidades que se tienen respecto a la protección de la vida y la satisfacción de necesidades de los parientes, algunas codificadas legalmente; si hay un ámbito donde se experimentan con mayor fuerza las situaciones de justicia e injusticia social es el ámbito familiar.
Llegado a este punto se puede reflexionar respecto a los retos de la justicia social en varios ámbitos de la sociedad, sin pretensiones de agotar un tema que por su amplitud, complejidad y posibles desarrollos actuales y futuros, requeriría de aproximaciones sucesivas de múltiples investigadores que desde diversas disciplinas y con un enfoque transdisciplinario den cuenta de los retos existentes en la consecución de mayores grados de igualdad, en diferentes sociedades y momentos de su evolución.
En esta aproximación a los retos identificados, se asume que dado el deber del Estado de garantizar al menos un mínimo de justicia social para los más vulnerables, lo a que su vez depende de cuan amplios o limitados sean los recursos económicos y presupuestales según Hernández (2015), uno de los retos, principalmente en los países menos aventajados, es como distribuir recursos escasos, sin que se comprometa el desarrollo económico y humano de la sociedad, ni se reproduzcan y perpetúen situaciones de injusticia social.
De acuerdo con Carpizo (2013); Pérez (2019); y Oviedo (2022), cuando se estudia la sociedad real, puede encontrarse que, por un lado, la Constitución del país refrenda los derechos de justicia social y, por otro lado, la realidad indica que a millones de personas no llegan los beneficios de la justicia social. Expresión de ello es la situación de la desigualdad social, en cuyo extremo más perverso se encuentra la pobreza multidimensional, agravada en periodos de crisis económicas.
En consecuencia, se asume, siguiendo a Rodríguez et al. (2020), el enorme reto que implica superar las condiciones de injusticia social, y especialmente la pobreza como una de sus manifestaciones más significativas, sobre todo porque ésta es una problemática multicausal y muldimensional, en cuya superación entran en juego la estructuración de tipos particulares de modelos económicos, políticos y sociales, la voluntad política, los intereses sectoriales de aquellos que están, o influyen, en las estructuras políticas, las relaciones con la comunidad global, e incluso el cambio de factores histórico culturales que actúan como reproductores de la pobreza.
Por supuesto, de acuerdo con dicho autor, para enfrentar el reto de la superación de la pobreza es importante impulsar políticas públicas y acciones medibles y alcanzables orientadas a disminuir las brechas sociales e promover la justicia social, así como garantizar que las estructuras de oportunidad, de integración social y ascenso en la vida social realmente estén al alcance y puedan ser aprovechadas por aquellos grupos que históricamente muestran desventajas persistentes.
Con todo, es en sí mismo un reto garantizar que las estructuras de oportunidad realmente estén al alcance y puedan ser aprovechadas por aquellos grupos que históricamente muestran desventajas persistentes. Al respecto, varios autores han constatado algunos factores que limitan el igual acceso a las oportunidades educativas, entre ellos, acceso diferente de pobres y no pobres al sistema educativo; tratamiento diferente, desigual, que privilegia a los sujetos de mejores ingresos; escasos contenidos y procesos educativos dirigidos a promover la igualdad. Para contribuir, desde la escuela a enfrentar dicho reto, es posible guiarse por un liderazgo para la justicia social, mejorar los procesos educativos, construir una cultura de inclusión y equidad, y proveer a los estudiantes una educación de calidad (Rodríguez et al., 2020).
En este orden de análisis, se asume la importancia de las relaciones escuela- familia en los procesos formativos. Además de que la calidad de la educación recibida y el rendimiento en los aprendizajes son vías de acceso a las oportunidades Reyes (2020), pero hay retos a estas vías, además de las ya mencionadas, que tienen que ver con la disponibilidad de tiempo real de muchas familias para implicarse, desde el vínculo con la escuela, en los procesos educativos, la carencia de formación e incluso de motivación de muchas de ellas para participar en los procesos de las instituciones escolares (Balbas, 2021).
Coherente con la aceptación del análisis de Fascioli (2017), otro de los retos identificados es la democratización real de las relaciones familiares, lo cual conlleva revertir no solo condiciones socioeconómicas y políticas que favorecen la injusticia en las familias, sino también superar patrones, estereotipos y prácticas de larga data que se reproducen de generación en generación y alimentan las injusticias en la vida familiar y en las relaciones familia- sociedad.
De acuerdo con el enfoque complejo de los valores, de Fabelo (2011), no menos importante es el reto de que los valores de justicia social instituidos internacionalmente y guíen la acción, en beneficio de los más vulnerables, de la participación real y de mayores grados de justica, sobre todo en sociedades y grupos que muestran poco respeto por la justicia social, los mecanismos democráticos y la dignidad humana.
Finalmente se considera que los valores de justicia social y sus avances prácticos, requiere de la formación de ciudadanos críticos y propositivos, de la participación activa en la construcción de una sociedad lo más justa posible, afirmado así por Cifuentes y Vallejo (2018), lo cual no deja de ser un reto en condiciones de crecimiento del individualismo, la apatía, y en no pocas ocasiones del desfase entre lo que cada sociedad declara oficialmente y lo que hace en la vida real de los hechos.
CONCLUSIONES
La justicia social, la familia y los valores han sido estudiados por múltiples autores, desde diferentes perspectivas teóricas. El análisis de una muestra de los estudios precedentes permitió realizar una aproximación al tema, que integra la aclaración de los significados de los términos claves y la identificación de algunos de los más importantes retos en la búsqueda de la justicia social. Dada la importancia de este complejo tema para la comunidad global, las sociedades particulares, los individuos y las familias, se considera que la temática requiere de una más amplia investigación por parte de los investigadores que pueden contribuir al conocimiento y solución de las problemáticas relacionadas con las injusticias sociales.
La justicia social es inseparable de la dignidad humana, del derecho inalienable que todos tienen a una vida digna. De manera que, los serios retos a la búsqueda de mayores grados de justicia social, ninguna sociedad debería renunciar a la eliminación de las condiciones y factores que influyen en la reproducción de las injusticias sociales. Esta es una ardua tarea que, evidentemente, solo puede enfrentarse con el concurso mancomunado de todos los sujetos, individuales y grupales, y con el concurso de la comunidad global.
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